Un nuevo marco normativo del deporte español

Parece una evidencia que las dos normas claves sobre las que pivota la estructura jurídica del deporte de nuestro país, merezcan, como mínimo una reflexión y una determinación, a continuación; para proceder al cambio normativo.

 

Tenemos por un lado, la Ley 10/ 1990 de 15 de Octubre del Deporte; y por otro lado, el Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio por el que se regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales. La primera, después de trascurrido veintisiete años describe una realidad deportiva que no se corresponde con la demanda del mundo del deporte.

 

Y aún más, algunos de sus capítulos ya han sido superados por nuevos marcos normativos (violencia, dopaje, etc). Decir, en este sentido, que todas las Comunidades Autónomas tienen leyes más modernas y adaptadas a los tiempos, en el ámbito de sus competencias.

 

Y, respecto al Real Decreto 1006/1985 ( en vigor desde hace treinta y dos años), habría, igualmente, que llevar a cabo una amplia reforma y situarlo en un contexto del deporte profesional, más allá que la película fija en la que fue contextualizado, en relación, básicamente, a la problemática del jugador profesional de fútbol.

 

Y esta reforma es tan necesaria por cuanto debe describir y direccionar hacia dónde debe ir el deporte de élite, el deporte internacional desde nuestro país, y el deporte profesional. Ni siquiera fue superada la subcomisión creada hace ya algunas legislaturas, en relación al libro blanco del deporte profesional. Que cubrió el expediente, siempre buen intencionado de participación y trabajo de los expertos pero de aquel texto poco o nada se ha llevado a cabo.

 

Al final han pasado varias legislaturas, y a lo más que hemos llegado es a legislar sobre lo que parece interesar los derechos del fútbol; y quitando esto, las demandas en relación al tema de la violencia y el dopaje, con tanta trascendencia, y por exigencia exógena.

 

Pues bien, toca ya, aunque dado los apoyos de esta legislatura del partido en el Gobierno, no será fácil, pero creo, por otro lado, que el sector del deporte en España sí está dispuesto, se debe legislar un nuevo marco normativo, capaz de adaptar las demandas de una sociedad en relación al deporte federado y al profesional; más allá, de un modelo base que se inició antes del advenimiento de la democracia.

 

Toca, en primer lugar, definir la denominación y por ende, el contenido de ese nuevo marco: una Ley del Deporte (nueva o reformada), o una Ley del Deporte Profesional. Tengo que reconocer, que me inclino por esta última, teniendo en cuenta los artículos 149 y 148 de nuestra Constitución, y además, salvaguardando el carácter del profesionalismo en manos y competencias del Gobierno Central. Una vez definido, sobre el ámbito competencial que atañe al Gobierno.

 

La otra cuestión sería, trabajar en el ámbito de los verdaderos protagonistas del deporte, los deportistas y las deportistas. El diseño de su contexto: como profesionales, como trabajadores, asalariados, su relación con los clubes, el concepto del deportista autónomo, sus convenios colectivos, su relación con las ligas y patronales, etc.

 

Y a partir de ahí, trabajar en el desarrollo del efecto mercantil en el mercado del deporte. Desde el marco de los derechos de imagen, la Ley del Juego y su desarrollo y sus efectos colectivos. Además de la siempre traída y llevada Ley de Mecenazgo del deporte.

 

Teniendo en cuenta, según informes y datos del CSS, desde 2007 a 2015, la disminución paulatina de ingresos (Subvenciones CSD, ADO, Ingresos propios de Federaciones, así como otros ingresos), con un detrimento en años de casi el 40 por ciento del total. A lo que habría que unir el endeudamiento de muchas Federaciones, además de los préstamos, vía CSD, que se han tenido que hacer a las mismas. Mitigado algo este último año, con el ingreso, vía Real Decreto –Ley 5/2015, de 30 de abril, de medidas urgentes en relación con la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de la competiciones de fútbol profesional.

 

Pues bien, al hilo de la demanda, ya casi histórica, dado el tiempo trascurrido de una Ley del Deporte Profesional, se hace urgente un modelo organizativo público, privado o ambos de la estructuras organizativas del deporte, en todo lo que se refiere al liderazgo de sus políticas, la forma de organización más o menos publicistas; todo ello unido al concepto del papel del deportistas y sus organizaciones representativas, como verdaderos interlocutores a la hora de negociar leyes, decretos, o medidas que les afectan directamente.

 

Y que hasta ahora ha quedado subsumido a los más representativos que es el fútbol, básicamente, en detrimento del resto. Cuando hay cuestiones como la carrera del deportista, la seguridad social, convenio con la seguridad social, existencia o no de Ligas Profesionales, todo el sistema sanitario, a raíz de la Ley Orgánica 3/ 2013 de 20 de junio de protección de la salud y lucha contra el dopaje, que nada ha desarrollado en todo lo que tiene que ver con la salud del deportistas, y que tan sustancial es para el concepto de buenos hábitos y mejores praxis en el mundo del deporte federado.

 

Hay que apelar, sin duda, y dado los magníficos resultados de nuestros deportistas a la necesidad de un marco nuevo que les de toda la cobertura que se merecen, y no hagan de ellos verdaderos héroes y heroínas, que lo son, más allá de por sus excepcionales méritos, frente a países competidores; y porque cuentan con unos resortes económicos y de apoyos, muy por debajo de sus verdaderas exigencias y necesidades.

 
María José López González

Abogada

(texto publicado en iusport)

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